Las 3 condiciones que deben cumplirse para presentar una demanda de muerte por negligencia en California
Nadie quiere tener que presentar una demanda de muerte por negligencia. Estas situaciones siempre son difíciles y cualquier persona que las experimente preferiría que su ser querido regresara. Desafortunadamente, no hay manera de hacer eso. Sin embargo, en algunos casos, hay una manera de responsabilizar a la parte culpable y al mismo tiempo, recuperar los daños financieros que necesita para volver a encarrilarse.
No todas las personas que han perdido a un ser querido pueden presentar una demanda de muerte por negligencia. Hoy. en Oficina Legal de Fernando D. Vargas, vamos a hablar de las tres condiciones que deben cumplirse para presentar este tipo de demanda. Si tiene preguntas, contáctenos al 909-982-0707 para una consulta legal gratuita.
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Un individuo o entidad debe haber causado directamente la muerte
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Debe haber sufrido una pérdida cuantificable
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Debe ser capaz de probar su caso
Tenga en cuenta que esto no significa que la persona que causó la muerte debe haber tenido la intención de hacerlo. Simplemente significa que al actuar (o no actuar) de cierta manera, causaron directamente la muerte de su ser querido. Podría ser una situación en la que un conductor no estaba conduciendo de manera segura, o podría ser una persona que no hubiera arreglado correctamente un coche que luego tuvo un accidente de coche como resultado de ello.
Parece terrible, pero la ley no considera simplemente perder a un ser querido como una razón suficiente para demandar. En realidad, debe probar que usted perdió algo específico. Esto no tiene por qué significar dinero, aunque a menudo incluye la pérdida de apoyo financiero. También puede incluir cosas como la pérdida de amor, cuidado, comodidad, apoyo moral y asistencia doméstica.
Por supuesto, no puede simplemente presentarse y decir que alguien causó la muerte de su ser querido y por ello usted ha sufrido mucho. Debe ser capaz de probarlo. Esto requiere disponer de documentación como fotos o vídeos de cámaras de vigilancia, evidencia física, documentos de mantenimiento, inspección u otros informes relevantes, y declaraciones de testigos u otros.
Uno de los muchos trabajos que tendrá su abogado de lesiones personales es construir su caso. Puede que nosotros tengamos los testigos expertos con los que podemos trabajar. Es posible que podamos reconstruir el accidente para responder preguntas sobre lo que sucedió. Podemos descubrir nuevas pruebas. Sin embargo, si usted va a proceder sin ninguna prueba, puede que se enfrente a una dura batalla.
Ahora es el momento de llamar y descubrir cuáles son sus opciones
¿Cree que puede tener un caso? ¿Cree que la muerte de su ser querido fue el resultado de la imprudencia o negligencia de otra persona o compañía? Si es así, su próxima llamada debe ser a Oficina Legal de Fernando D. Vargas al 909-982-0707. Evaluaremos su caso y le contaremos cuáles son sus opciones legales. Llámenos ahora y comencemos.