Tres cosas que todo el mundo debería saber sobre los casos de muerte por negligencia en California
Nadie quiere tener un motivo para presentar un caso de muerte por negligencia. Por definición, eso significa que ha perdido a alguien cercano. Sin embargo, cuando la tragedia sucede y alguien debe ser considerado responsable, presentar un caso de muerte por negligencia puede ser la mejor manera de obtener la compensación financiera que merece y el cierre que necesita.
En Oficina Legal de Fernando D. Vargas, hemos trabajado en muchos de estos casos y estamos encantados de ofrecerle una evaluación gratuita de su caso. Todo lo que tiene que hacer es llamarnos al 909-982-0707. Mientras tanto, puede leer tres cosas que necesitará saber antes de seguir adelante con su caso.
- Usted tiene dos años (como máximo) para presentar un caso de muerte por negligencia
- No todo el mundo puede presentar una demanda de muerte por negligencia
- El propósito es recuperar los daños causados a la familia superviviente
Los casos de muerte por negligencia suelen tener el mismo estatuto de limitaciones que las demandas por lesiones personales. Dependiendo de quién fuera el responsable, podría tener tan solo seis meses para presentar una demanda, aunque normalmente son dos años.
Cuando nos llame a 909-982-0707, le podremos ofrecer los detalles sobre cuánto tiempo tiene para presentar el caso basándonos en la información única sobre su caso. Por ejemplo, si tiene un caso de negligencia médica, hay una serie de estatutos que podrían aplicarse. La mayoría de ellos le dan un año o menos para presentar su reclamo. No importa cuál sea la situación, una cosa es verdad: Llame a un abogado de lesiones personales tan pronto como sea posible.
En el estado de California, las demandas de muerte por negligencia las debe presentar un miembro de la familia calificado. Esto incluye el cónyuge o pareja legal de la persona fallecida, los hijos del fallecido y ciertos otros familiares del fallecido. En algunos casos, un padre o hijastro puede presentar una demanda de muerte por negligencia, pero sólo si dependían financieramente de la persona fallecida.
Hay otras excepciones. Por ejemplo, si no hubiera familiares vivos que calificaran para presentar el pleito, cualquier persona que califique para recibir las propiedades del difunto según las leyes de sucesión intestada podría presentar una demanda. Una vez más, Oficina Legal de Fernando D. Vargas puede ayudarle a entender sus opciones cuando nos llame para la evaluación gratuita de su caso.
Una demanda de muerte por negligencia probablemente cubrirá las pérdidas que el fallecido causara antes de su muerte -como facturas médicas, salarios perdidos, etc.- pero también cubrirá las pérdidas de los miembros de la familia que sobrevivieron. Esto incluye cosas como la pérdida de presencias y el costo de un funeral y entierro.
Llame hoy para obtener una evaluación gratuita de su caso
Si cree que puede tener causa para un caso de muerte por negligencia, le instamos a que nos llame hoy mismo al 909-982-0707. Durante su evaluación gratuita, consideraremos su caso, obtendremos los detalles básicos y le ofreceremos consejos sobre cómo proceder. Esta no es una situación que puede posponer indefinidamente. Llame hoy mismo antes de que se acorte el plazo.